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Leyes e
impuestos

NUEVA NORMATIVA PARA LAS AGENCIAS INMOBILIARIAS EN MALLORCA Y EL RESTO DE LAS ISLAS BALEARES

La ley 3/2024 entrará en vigor en noviembre de 2024 y tiene como objetivo mejorar la profesionalidad y la protección del consumidor en el sector inmobiliario.

Los aspectos clave de esta nueva normativa son:

Requisitos de inscripción

Los agentes inmobiliarios que operan en Baleares deberán inscribirse a partir de ahora en el Registro Oficial de la Propiedad Inmobiliaria de las Illes Balears (ROAIIB)

Para ser elegibles para el registro, los agentes deben cumplir varios criterios:

  1. Dirección física: Los agentes deberán disponer de una oficina de acceso público con dirección postal en las Illes Balears.
  2. Cualificaciones profesionales: Los agentes deben demostrar su experiencia a través de al menos uno de los siguientes:
    • Un título universitario en campos relevantes como derecho, ingeniería o arquitectura.
    • Al menos 200 horas de formación especializada en el sector inmobiliario
    • Un mínimo de 4 años de experiencia en el sector inmobiliario.
  3. Requisitos de seguro:

    • Seguro de responsabilidad civil
    • Seguro de accidentes

Medidas de protección del consumidor

La nueva normativa pone énfasis en la transparencia y la protección del consumidor:

  • Los agentes deben proporcionar información detallada sobre las propiedades y ayudar a los clientes a obtener información adicional de fuentes relevantes.
  • Todos los contratos inmobiliarios deben incluir el número de registro oficial del agente.
  • Los agentes deben establecer claramente las condiciones de comercialización mediante acuerdos firmados con los vendedores.

Cumplimiento y ejecución

  • El incumplimiento de estas normas se considera ilegal y puede dar lugar a sanciones.
  • La normativa pretende eliminar a los “agentes aficionados” y garantizar que sólo profesionales cualificados operen en el mercado.

Cumplimiento de W Mallorca Invest

  • Curso de 250 horas sobre legislación sobre bienes inmuebles y terrenos y compraventa de los mismos, además de legislación sobre alquiler de inmuebles.
  • Experiencia demostrable en el sector inmobiliario en Mallorca desde junio de 2019.
  • Operado por TodoWanre SL
  • Número de membresía 00663 en ANAI/API (Asociación Nacional de Agentes Inmobiliarios y el Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria)
  • Inscrita en el Registro Oficial de Agentes Inmobiliarios de las Islas Baleares (ROAIIB) con el número GOIBE605090/2024

Esta información asegura a los clientes que W Mallorca Invest cumple con los nuevos requisitos legales y está comprometido con los estándares profesionales en el mercado inmobiliario de Baleares.


Impuestos al comprar una propiedad en Mallorca 2025

Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP)

La adquisición de una vivienda de segunda mano en las Islas Baleares está sujeta al Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP). La determinación de los tipos impositivos es competencia de cada municipio.

Se aplica el siguiente Impuesto de Transmisiones patrimoniales (por tramos):

  • Hasta 400.000€: 8%.
  • 400.001€ – 600.000€: 9%.
  • 600.001€ – 1.000.000€: 10%.
  • 1.000.001€ – 2.000.000€: 12%.
  • Más de 2.000.001€: 13%.

Además, el impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (AJD) es del 1,5% para propiedades valoradas hasta 1.000.000 € y del 2% para propiedades de más de 1.000.000 €. Es importante tener en cuenta que estos impuestos deben pagarse dentro de los 30 días posteriores a la transferencia de la propiedad.

Por ejemplo, con un precio de compra de 1.000.000 € el impuesto es el siguiente:

  • Para el tramo hasta 400.000€: el tipo es del 8% = 32.000€
    Para el tramo entre 400.001€ y 600.000€: el tipo es del 9% = 18.000€
    Para el tramo entre 600.001€ y 1.000.000€: el impuesto es del 10% = 40.000€
  • ⇒ El importe total del impuesto es de 90.000 €.

Plazas de garaje

Por una plaza de garaje en un edificio de viviendas de segunda mano se paga un Impuesto de Transmisiones Patrimoniales del 8% hasta 30.000 € y del 9% para valores superiores a 30.001 €.

Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)

Al comprar una vivienda de obra nueva no se paga el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) como ocurre con una vivienda de segunda mano, sino que se paga el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).

Para propiedades nuevas o totalmente renovadas, se aplica un Impuesto al Valor Agregado (IVA) del 10%.

Para las plazas de garaje en viviendas nuevas, incluidas hasta 2 plazas de aparcamiento, el IVA también será del 10% del precio de compra.

Impuesto de actos jurídicos documentados (AJD)

El impuesto de actos jurídicos documentados en las Islas Baleares es del 1,5%. Si el precio de compraventa supera los 1.000.000 €, el tipo impositivo aumenta al 2%. El pago del impuesto de actos jurídicos documentados debe realizarse en el plazo de un mes desde la firma de la escritura pública.

Impuesto sobre bienes inmuebles – Impuesto de Bienes Inmuebles – IBI

Este impuesto varía según el inmueble y el municipio en cuestión. El impuesto anual sobre bienes inmuebles (IBI) se basa en el valor catastral del inmueble y se paga al ayuntamiento local.

Este impuesto contribuye a mantener la infraestructura local, el monto varía, pero generalmente es un costo manejable.

Impuesto sobre la recogida/reciclaje de residuos - basura

Se trata de un impuesto sobre la basura y el reciclaje cuyo objetivo es reducir los residuos de acuerdo con las directivas europeas. El impuesto se paga al ayuntamiento y es un coste relativamente pequeño. Para conocer las cifras exactas, le recomendamos que se ponga en contacto con el ayuntamiento de la localidad donde se encuentra la vivienda que desea comprar. De acuerdo con las nuevas directivas de la UE, este impuesto cambiará en 2025. Cuando se determine el cambio y haya información oficial, la publicaremos aquí.

Impuesto sobre el patrimonio

En España, el impuesto sobre el patrimonio se calcula sobre el valor de sus activos a 31 de diciembre de cada año. Si es residente en España, se aplica a su patrimonio en todo el mundo. Para los no residentes, sólo se aplica a los activos españoles.

El impuesto se paga sobre el valor neto de la mayoría de sus activos de capital, por ejemplo, propiedades, ahorros e inversiones, acciones, arte, antigüedades, coches, etc.

Las parejas que poseen bienes a nombre conjunto pueden, en la práctica, duplicar las deducciones aunque presenten declaraciones separadas.

Con el aumento del umbral por encima de los 3 millones de euros, también se han ajustado los diferentes tipos impositivos para los distintos niveles de riqueza.

Las personas físicas pagan un impuesto del 2,35% sobre el excedente hasta 5.454.958 euros, por encima de esa cantidad el tipo es del 2,9% y por encima de 10.909.915 euros el tipo es del 3,45%.

Impuesto sobre sucesiones y donaciones - Islas Baleares

Al igual que muchos otros países, España aplica un impuesto sobre sucesiones cuando los bienes se transfieren de una persona a otra, ya sea por fallecimiento o como donación en vida.

A partir de julio de 2023, el impuesto de sucesiones se reduce en un 100% en las Islas Baleares

para los beneficiarios de los grupos I y II. Esto significa que su cónyuge, hijos, nietos y padres no pagarán impuestos cuando reciban herencias o donaciones de usted. Del mismo modo, usted no pagará impuestos si recibe una herencia o donación.

Si no tiene hijos y deja bienes a un hermano, hermana, sobrino, sobrina, tío o tía, su impuesto de sucesiones se reduce en un 50%. Si no hay otros descendientes, los hijastros y los suegros pueden beneficiarse de una reducción fiscal del 25%.

Imputación de rentas inmobiliarias

Todos los extranjeros que posean una propiedad en España deben declarar que tienen una vivienda vacía que no es su residencia principal. La Agencia Tributaria/Hacienda considera que cualquier propiedad que no sea residencia principal puede generar ingresos o rentas, esto incluye también los garajes.

Como propietario extranjero en Mallorca, está obligado a presentar una Declaración de la Renta cada año, incluso si no tiene ingresos por alquiler o ganancias de capital que declarar. El pago del impuesto sobre la renta de alquiler y las ganancias de capital se debe trimestralmente, con el primer pago a más tardar el 30 de abril del año siguiente al ejercicio fiscal y los pagos restantes a más tardar el 30 de julio, 30 de octubre y 30 de enero del año siguiente. Se recomienda recurrir a un contable o asesor fiscal a estos efectos.

Otras consideraciones

  • Si usted es residente de un país de la UE o del EEE o de un país con el que España tiene un tratado fiscal, puede acogerse a tipos reducidos o exenciones del impuesto para no residentes.
  • Si alquila su propiedad en Mallorca durante menos de tres meses al año, puede acogerse al régimen de «ingresos imputados», que le permite pagar un impuesto a tanto alzado del 24,75% sobre los ingresos por alquiler imputados en lugar del tipo impositivo progresivo.
  • Si vende su propiedad en Mallorca y reinvierte los beneficios en otra propiedad en un plazo de dos años, puede optar a una exención fiscal sobre las plusvalías.
  • Le recomendamos que se ponga en contacto con un contable o asesor fiscal para obtener más información.
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25 mayo 2017

 

 

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